POR BABOR, la Directora de PiO, antes Recursos Humanos, no quiere ser coherente. No acepta nuestro reto de ser consecuente con el notable gap entre su perfil personal de competencias y el perfil que exige el puesto que ocupa. Al igual que ha hecho con tantas y tantas personas que presentando justificantes válidos han sido menospreciadas con las tan cuestionadas valoraciones. Muchas personas, desde que por lo menos ocupa usted el cargo, vienen desempeñando las mismas funciones que otras de la casa pero con inferior salario, esperando objetividad y coherencia.
A nosotros nos parecería todo un gesto de transparencia que nos explicara su opaco proceso de contratación como actual Directora en esta APB, por cierto a la primera y sin fallos. ¿Cobró usted indemnización por rescindir su anterior puesto de trabajo? Si como usted misma afirma, la APB y el Port 2000 son la misma cosa, ¿le importaría informarnos al respecto? Demuéstrenos que es coherente con los valores que proclama y exige implacablemente.
No hay números sentados en los despachos y oficinas Sra. Quevedo, hay personas. Hay mucho intangible en esa área que usted dirige, demasiado quizás para interpretarse desde un modelo mental de auditora y sostenerse con escaso criterio técnico en áreas clave para la dinámica de la organización. Así, una nueva vuelta de tuerca a la Gestión por Competencias, consensuada exclusivamente con la parte mayoritaria de la representación social para apretar en contra de las personas que trabajan para esta casa y la misma competitividad. Estas son tres "perlas" de un documento que recomendamos leer con detalle:
1.1. MOBILITAT INTERNA: "A les persones que canviïn d’ocupació mitjantçant aquest procediment, no s’els podrà aplicar la gestió de nivells personals durant, com a mínim, 2 anys". ¿Dos años como mínimo? ¿Y el máximo? ¿Puede ser cadena perpetua?
1.2 CONCURS DE MÈRITS I/O OPOSICIÓ INTERN: "Es condicionarà la consolidació de la plaça a aconseguir el perfil requerit en el termini máxim de 2 anys". Antes se cobraban diferencias a los 6 meses de desempeñar una función superior.
1.3. (Tanto para la movilidad interna como para el concurso de méritos y/o oposición): "En cas de que alguna persona voluntàriament opti i accedeixi a una plaça on el nivell retributiu sigui inferior al que tingui assignat aquesta persona en aquest moment, serà indispensable la renúncia expressa i voluntària, per ecrit, a la retribució i tots els drets inherents al lloc que estava ocupant fins el moment.
¿Alguien puede voluntariamente solicitar que le bajen la categoría? ¿Es posible "coaccionar" a una persona para que tenga esa voluntad?
POR ESTRIBOR, la Sección Sindical de CC.OO, con un más que perceptible conflicto interno, se reúne con el Director General para resolver y adelantarse a la misma empresa anunciando temas generales como la organización del próximo traslado al WTC o la posible deslocalización de la Seguridad Social. Un Comité de Empresa con aplastante mayoría de CC.OO, ¿no puede resolver los asuntos propios? Entonces, ¿por qué no están los que pueden en los puestos clave del Comité? Si la Sección Sindical, a los escasos nueve meses de funcionamiento, desautoriza de esta manera a "su" Comité de Empresa, ¿no deberían volver a convocar elecciones?
Mientras la mencionada Sección Sindical convoca asamblea exclusiva para sus afiliados y ¿simpatizantes?, el aparentemente inoperante Comité sigue firmando acuerdos trascendentales con nuestra Directora de PiO como la Gestión por competencias, los objetivos o los movimientos organizativos (promociones, ingresos, movilidad) que incomprensiblemente no aparecen en la agenda de esa sospechosa reunión.
Pedimos por favor a nuestros compañeros de la Sección Sindical de CC.OO., que nuestro Comité de Empresa convoque, a la mayor premura, una Asamblea General para que nos expliquen con detalle a TODAS Y A TODOS, TODO lo que está pasando.
Alerta POR LA POPA.
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